ENTIDAD LOCAL MENOR (PEDANÍA) DE LODOSO

 

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Datos de la Pedanía:
 

Superficie: 10 Km2
Distancia a Burgos por carretera: 20 Kms.
Ayuntamiento: Pedrosa de Río Úrbel
Comarca: Alfoz de Burgos
Partido judicial: Burgos
Habitantes: 95 (2011)

   

 

 

Breve historia de nuestra Pedanía:

 

Como ya se cuenta en la página del Ayuntamiento, Lodoso contó con su propio ayuntamiento hasta 1970. La súbita despoblación de finales de los 50 y 60 crearon una desidia al ver el pueblo tan mermado, que junto a una supuesta oportunidad, desembocaron, conjuntamente con Marmellar de Abajo, en la fusión, o mejor absorción, de Pedrosa, formando un Ayuntamiento entre los tres pueblos.

   

 

 

La larga "peregrinación" en el "desierto" de la nada:
 

Los años 70 y 80 dejaron a Lodoso como simple barrio lo que nos sumió en una falta total de identidad, de ilusión, y, por qué no decirlo, de retraso evidente, respecto a Pedrosa, de pavimentación de calles y tener que auto servirse cuando se rompía una tubería del agua, y otras vicisitudes.
Ya en los 90 con el primer "lodosino" como alcalde en Pedrosa se puso un poco a punto el pueblo, y surgió la inquietud de por qué no aspirar a una Pedanía, como lo eran nuestros vecinos de San Pedro, Zumel, Mansilla... pueblos más pequeños que el nuestro.

   

 

 

2008, El salto de la inquietud a los hechos  de, al menos, intentar el reconocimiento y constitución de nuestro núcleo como Entidad Local Menor:

 

Es, a mi juicio, un poco por lo anterior, y "un mucho" por la creación y buen funcionamiento de nuestra asociación "Amigos de Lodoso", con logros tan trascendentes como las restauraciones de la iglesia, de la fragua y del Concejo, creación del Observatorio, como puntos más significativos, es cuando comienza en Lodoso a surgir la idea de por qué no plantearse la posibilidad de poder ser Entidad Local Menor.
Y así, en este año 2008, se decide presentar instancia subscrita por el 95% de los vecinos en edad de voto al Ayuntamiento para que al amparo de la Ley 1/98 de Régimen Local de Castilla y León, dicha instancia sea dirigida hacia los entes de rango superior hasta la propia Junta.

   

 

 

2009, Los trámites pasan por los Entes necesarios para tratar de alcanzar la constitución de Entidad Local Menor:

 
  • El Ayuntamiento: En Enero de este año, el pleno de concejales de nuestro Ayuntamiento, reunidos en la sede Municipal de Pedrosa, aprobó el dar trámite la solicitud de los habitantes de Lodoso en sus aspiraciones a componer una Entidad Local Menor. Y como de "bien nacidos es ser agradecidos" que dice nuestro refranero, hay que alabar a esa mayoría de concejales procedentes de Pedrosa el que, por unanimidad, hayan dado el visto bueno a nuestra iniciativa anteponiendo a los posibles intereses de "mi pueblo", la razón y la convivencia pacífica de ese ir juntos en lo principal.

  • La Excma. Diputación: También el segundo filtro legal por el que pasó nuestra solicitud para la constitución de Entidad Local Menor fue aprobado y refrendado por parte de este Órgano. Nuestro ente provincial pudo constatar que ese deseo de poder constituir Entidad Local Menor estaba avalado por ganas, hechos y números.

  • Junta de Castilla y León: Tras el paso por la Delegación en Burgos de la Junta y el visto bueno por parte de la misma nuestra solicitud, naturalmente viajó hacia la capital de la Comunidad en Valladolid a la Dirección General de Administración Territorial. A pesar del paso de los exhaustivos exámenes que supusieron la Diputación por aquello de la plena capacidad económica del pueblo y de la Delegación de la Junta en Burgos con su examen prolijo legal, la Dirección Territorial no fue un mero trámite y hubo que acudir varias ocasiones para corroborar algunos puntos y ampliar información en otros.

 

 

2010, La Junta de Castilla y León aprueba la constitución de Lodoso como Entidad Local Menor:

 

Y como premio a la voluntad de la mayoría casi absoluta de los vecinos de Lodoso, a la voluntad y tesón con la que hemos trabajado prácticamente todos en este logro y la justicia con la que todos los entes por los que ha pasado con el visto bueno nuestro empeño en constituir una Entidad Local Menor, fue el 28 de Abril de este año 2010 cuando se ha plasmado en Documento de Ley la constitución de Lodoso en Entidad Local Menor.
Para los amantes legales pasamos a trasladar este Acuerdo 38/2010 de 22 de Abril con la firma del Presidente de nuestra Junta de Castilla y León.

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJERÍA DE INTERIOR Y JUSTICIA

                                                                                                                                                     

ACUERDO 38/2010, de 22 de abril, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza la constitución del Núcleo de Población de Lodoso, perteneciente al municipio de Pedrosa de Río Urbel (Burgos) en Entidad Local Menor.

 

     A iniciativa de la mayoría de los vecinos residentes en el núcleo de población de Lodoso, perteneciente al municipio de Pedrosa de Río Urbel, se solicita la constitución de dicho núcleo de población en Entidad Local Menor, al tratarse de un núcleo de edificaciones separado de las restantes del municipio, sin que exista continuidad, que cuenta con territorio, bienes e ingresos suficientes para atender a sus fines.

     En el procedimiento de constitución de la Entidad Local Menor de Lodoso se han observado los trámites establecidos en el artículo 54 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, y en los artículos 42 y 43 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.

     Consta la práctica del trámite de información pública vecinal, sin alegaciones e informes favorables de la Diputación Provincial de Burgos y del Ayuntamiento de Pedrosa de Río Urbel.

     En el expediente se acredita que Lodoso fue municipio independiente hasta el año 1970, año en que por Decreto 431/1970, de 29 de febrero, se aprobó la fusión voluntaria de los municipios de Pedrosa de Río Urbel, Lodoso y Marmellar de Abajo, habiéndose mantenido la existencia de un núcleo separado de los restantes, con una población de 108 habitantes y un territorio de 9,45 kilómetros cuadrados perfectamente delimitado con los municipios de Pedrosa de Río Urbel y Valle de Santibáñez. Así mismo se acredita que cuenta con un patrimonio que produce unos ingresos que son suficientes para el cumplimiento de sus fines.

     Concurren en el presente caso motivos legales para autorizar la constitución de la Entidad Local Menor de Lodoso, al quedar probado el cumplimiento de los requisitos exigidos para la constitución de una Entidad Local Menor en el artículo 52.2 de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

     En su virtud, de conformidad con la competencia atribuida en el artículo 55 de la Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Interior y Justicia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 22 de abril de 2010 adopta el siguiente

ACUERDO

     Primero.– Se autoriza la constitución de la Entidad Local Menor de Lodoso, en el término municipal de Pedrosa de Río Urbel, de acuerdo con las siguientes estipulaciones:

1.º–      Denominación: Lodoso.

2.º–      Capital: Lodoso.

3.º–     Territorio: El que tenía cuando era municipio independiente, con una extensión de 9,45 Km2 que limita con Pedrosa de Río Urbel y Valle de Santibáñez.

4.º–      Patrimonio: El que consta en la memoria aportada al expediente.

     Segundo.– La Entidad Local Menor de Lodoso comenzará a funcionar a partir de la celebración de las próximas elecciones locales. Se deberá remitir copia a la Consejería de Interior y Justicia del acta de la sesión constitutiva.

     Tercero.– La autorización de la constitución de la Entidad Local Menor se comunicará a la Administración del Estado.

     Cuarto.– Queda facultada la Consejería de Interior y Justicia para dictar las disposiciones que pudiera exigir el cumplimiento de este Acuerdo.

     Quinto.– Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen oportuno en defensa de sus intereses. No obstante, con carácter previo y potestativo, este Acuerdo podrá ser recurrido en reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, sin que en este caso pueda interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición formulado.

     Valladolid, 22 de abril de 2010.

El Presidente de la Junta

de Castilla y León,

Fdo.: JUAN VICENTE HERRERA CAMPO

El Consejero

de Interior y Justicia,

Fdo.: ALFONSO FERNÁNDEZ MAÑUECO

 

   

 

 

Agradecimientos:
 

Los vecinos de Lodoso evidentemente que estamos satisfechos por haber llevado entre todos a buen fin nuestra aspiración a constituir una Entidad Local Menor.
Pero además de haber cumplido todos los requisitos legales y formales para este logro, siempre estaremos en gratitud con las entidades, como tales por las que nuestra solicitud ha sido refrendada, y en especial agradecer a aquellos responsables y funcionarios que nos han ayudado con su asesoramiento legal para que esto fuese posible.
Agradecimiento especial a nuestro Ayuntamiento por su generosidad, con Javier como alcalde a la cabeza, en aquellas fechas, y a Segundo como Secretario, por la aprobación por unanimidad, al visto bueno de la primera solicitud de los vecinos de Lodoso. Este paso no debe olvidarse nunca, y tiene que ser el sello de unas relaciones, aún de mayor cordialidad entre los dos pueblos, el uno como sede de nuestro Ayuntamiento, y el otro en su nueva condición de Entidad Local Menor. Pero juntos en el logro de los fines, que hagan que todos los vecinos de los cuatro núcleos que componemos el Ayuntamiento, nos sintamos satisfechos y orgullosos de pertenecer a él.
Agradecer a nuestra Diputación el asesoramiento legal, así como en su labor de "certificador" de la posibilidad humana y económica que han avalado al pueblo en sí mismo como solvente para constituirse en Entidad Local Menor.
Y, por último, agradecer a nuestra Junta de Castilla y León, sobre todo en su Delegación Provincial, el exquisito trato de los responsables y funcionarios que han tenido que supervisar nuestra solicitud y demás documentos, y que además de cumplir con su trabajo nos han, también asesorado, en cuanto a la estricta legalidad y formalidad para el encauzado del último paso hacia la Consejería de Interior y Justicia en Valladolid.

   
   
 
   

 Elección del primer alcalde Pedáneo de Lodoso 2011:

   
 

El domingo día 22 de Mayo de 2011 se celebraron las elecciones  municipales y de Alcaldes Pedáneos, poco más de un año después de declararse nuestro pueblo como Entidad Local Menor.
Aunque todo el pueblo ha tenido mérito en el logro de la constitución en Pedanía, uno de los que más ahínco puso en ello, Oscar Alonso, se presentó como candidato único a Pedáneo, siendo premiado, por casi unanimidad en su lucha y disposición, como tal.

   
   
 
    TABLÓN DE LA PEDANÍA DE LODOSO:
 

 

   

CARTA DE NUESTRO ALCALDE SOLICITANDO TU COLABORACIÓN CON TU PUEBLO, EMPADRONÁNDOTE.
 

 

Nuestro alcalde, quiere saludar a las gentes del pueblo, o que tienen algo que ver con el pueblo, e insiste en algo a la que la gente no debería estar tan remisa, esto es: si quieres a tu pueblo, la mejor forma de demostrarlo es censándote.
Para leer la carta pincha en el sobre debajo.

 

 
   

Convocatoria de reunión de la Entidad Local Menor de Lodoso en las antiguas escuelas, con el tema de la explicación del Proyecto de pavimentación.
 

 

 

Disculpen la falta de nitidez de la nota; pero es como ha llegado, incluso, algo mejorada

 

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